En el año 2005, fui señalado o sindicado por un conjunto residencial como persona no grata, todo porque consideraban que mis opiniones no iban en favor del conjunto. Sucedió en una Asamblea de Copropietarios, quedó consignado en Acta, y lo hicieron además, en mi ausencia. Cuando supe de ello, interpuse una acción de Tutela, que en primera instancia protegió mis alegaciones, en segunda instancia las negó, y el caso fue finalmente seleccionado por la Corte Constitucional para revisión, protegiendo mis derechos (honra, buen nombre, y debido proceso). Dijo entonces la Corte (sentencia T-1106/05, MP. Dr. Humberto Antonio Sierra Porto): A nadie en nuestro orden constitucional, le está permitido hacer de sus valoraciones despectivas y despreciativas sobre otros, una declaración oficial o institucional o una declaración pública. Esto, so pena de vulnerar el derecho a la honra y al buen nombre, como aconteció en el caso sub judice. Y adicionalmente, se protegió el derecho al debido proceso por razón de haberse hecho en espacio público (Asamblea de Copropietarios) sin lugar a defensa -no obstante que tal sindicación está prohibida, per se-. El desenlace del caso ante la sentencia de la Corte fue que, obligó a dicho conjunto a la realización de una Asamblea de Copropietarios para retirar tal sindicación. Y lo hicieron, aunque a regañadientes -la Asamblea pudo ser breve para aceptar el error y retirarlo, pero no, se extendió y en el debate interno los presentes pretendían buscar la manera de hacer esguinces a la orden de la Corte dejando de alguna forma consignada en Acta su malquerencia, pero al final optaron por la sensatez, y se retiró-. En aquella Asamblea de retractación asistí, anunciando mi silencio en la discusión y mi postura de veedor (sin voz ni voto) ante el asunto. Hoy, año 2019 y por tanto 14 años después, vuelvo a ser objeto de sindicaciones o señalamientos, desde otros actores, otros señalamientos y en un contexto diferente. Esta vez, el blanco de tales expresiones peyorativas es la entidad familiar creada con mi esposa, para trabajar en defensa del ambiente y muy en particular del Lago de Tota: la Fundación Montecito (de la que soy director). Señalan que nuestra entidad [...] se ha caracterizado por ser enemiga acérrima de los habitantes de la cuenca [del Lago de Tota] - ver contexto. De igual modo interpuse acción de Tutela, esta vez negada en doble instancia (la primera, consideró que esa afirmación estaba dentro del derecho a la libre expresión, y la segunda, consideró que le había faltado publicidad al señalamiento para que cumpliera sus efectos). Y el caso se encuentra ahora radicado ante la Corte Constitucional para eventual revisión, desde el pasado 01 de octubre (radicado # T-7645440). A juzgar por los alegatos y justificaciones que exponen varios de los entutelados, todo indica que su malquerencia con nuestra ONG es porque buscamos que la cuenca del Lago de Tota sea declarada como sitio Ramsar (es decir, que éste humedal sea protegido por Colombia en el contexto de la Convención Ramsar de Humedales, como humedal de importancia internacional, al que obligan criterios de sostenibilidad en sus actividades, uso racional, y conservación de las características ecológicas o de los valiosos servicios que presta este ecosistema, y en el que adicionalmente quedaría prohibida la minería, la explotación de hidrocarburos, y en general toda actividad de alto impacto). Es decir, se nos señala de enemigos de los habitantes de cuenca, porque buscamos la protección del territorio para beneficio de los habitantes de cuenca y de toda la sociedad (al ser éste un patrimonio natural de la Nación). Al interior de ese expediente reposan los detalles, y cualquier persona interesada podrá revisarlos. La selección de un expediente de Tutela para revisión de la Corte es muy remota (eligen una entre miles), el tiempo dirá qué destino corresponde a este caso. Lo que éste asunto (y aquel otro de 2005) me llevan a reflexionar, una vez más, es sobre el valor y la necesidad de la defensa de la honra y el buen nombre. ¿Para qué pierde el tiempo y se desgasta en eso? - me decía alguien hace unas semanas.
Pues bien, más allá de cualquier consideración, creo que la defensa de la honra y el buen nombre es de los temas más valiosos y necesarios que pueda emprender una persona. Porque son un activo sustancial de nuestra existencia misma. Sea porque se busque a través del acompañamiento y vigilancia de las instituciones, o sea porque los hechos hablen solos y el juzgamiento recaiga en la sociedad misma, o sea porque se opte por un acto íntimo de revisión a la conciencia para evaluar, calificar y obrar en consecuencia frente a lo que hacemos en la vida. Pero debe defenderse, no se puede andar por la vida con indiferencia frente a lo fundamental. Eso creo. Las discrepancias deben poderse resolver con altura, decencia y argumentos. Con tolerancia. El ejercicio dialéctico construye sociedad, su ausencia es lo contrario. Es grave discrepar con difamación e injuria, pues la ofensa verbal o escrita es preludio de escalamientos indeseables, que en últimas representan signos de incultura y pobreza social. Felipe Andrés Velasco Sogamoso, 03.10.2019
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